La adopción del euro en Bulgaria afectó a todas las sociedades mercantiles: sociedades de responsabilidad limitada, sociedades anónimas y comanditarias por acciones. Algunos cambios se produjeron automáticamente. Otros, tras las modificaciones de septiembre de 2026, pueden esperar a la próxima vez que la sociedad modifique sus estatutos.
Lo que cambió por sí solo
Lo que quizá aún tenga que hacer
El registro ha convertido las cifras, pero los documentos fundacionales de cada sociedad siguen expresando el capital en levas. La legislación original del euro daba a las sociedades doce meses para adaptarlos. Las modificaciones aprobadas en septiembre de 2026 lo flexibilizaron: el período transitorio se amplió a 36 meses desde la introducción del euro, y por regla general las sociedades ya no están obligadas a presentar estatutos actualizados solo porque se haya convertido su capital.
En la práctica, las cifras en euros se incorporan a los estatutos la próxima vez que se modifiquen por otro motivo: un nuevo administrador, una transmisión de participaciones, un cambio de domicilio. La conversión en sí no devenga tasa estatal.
Cuando el capital convertido termina en céntimos poco prácticos, una sociedad de responsabilidad limitada puede redondearlo al alza o a la baja hasta un 5 %, mediante acuerdo adoptado con la mayoría necesaria para modificar los estatutos (tres cuartas partes del capital). Esta opción no existe para las sociedades anónimas.
Contabilidad
Desde la fecha del cambio, todos los asientos contables se registran en euros. Las cuentas anuales del ejercicio del cambio muestran las cifras en ambas monedas para que los dos ejercicios puedan compararse; las normas transitorias regulan cómo se presenta el período comparativo. Deben actualizarse el software contable, el plan de cuentas y los límites internos de aprobación expresados en levas.
Contratos en levas
Los contratos vigentes no tienen que renegociarse. Los importes en levas se cumplen en euros al tipo fijo y los contratos siguen plenamente válidos. Solo hace falta una adenda si el propio contrato exige el consentimiento de las partes para cambiar de moneda, algo poco habitual, pero que conviene comprobar en contratos de financiación y de suministro a largo plazo.
Una lista práctica
- Expresar el capital en euros la próxima vez que se modifiquen los estatutos por cualquier motivo
- Revisar importes de capital, valores de las participaciones y umbrales en estatutos y pactos de socios
- Actualizar los sistemas contables, las nóminas y los procedimientos financieros internos
- Revisar poderes bancarios, documentos de préstamo y garantía y acuerdos de inversión
- Actualizar facturas, presupuestos, listas de precios, sitios web y formularios de pedido
- Informar a clientes y proveedores clave de cómo facturará a partir de ahora
Preguntas de nuestros clientes
¿Tienen que adoptar ahora un acuerdo los socios?
No solo por la conversión. La cifra inscrita se convirtió automáticamente y, desde las modificaciones de septiembre de 2026, en general no se exige una presentación aparte. Los socios expresan el capital en euros en su próxima modificación de los estatutos, o antes si quieren usar la opción de redondeo del 5 %.
¿Sigue habiendo un plazo?
El período transitorio dura ahora 36 meses desde la introducción del euro, es decir, hasta finales de 2028. Las sociedades que en ese tiempo modifiquen sus estatutos por otro motivo deberían expresar el capital en euros al mismo tiempo. Compruebe el texto definitivo de las modificaciones para la situación concreta de su sociedad.
¿Tenemos que firmar adendas a nuestros contratos en levas?
No, salvo que un contrato exija expresamente el consentimiento de las partes para cambiar de moneda. Los importes se convierten automáticamente al tipo fijo.
Este contenido es información general sobre el derecho búlgaro y no constituye asesoramiento jurídico para un caso concreto.



